La Cámara Federal de Casación Penal rechazó todos los recursos y despejó el camino para ejecutar una confiscación patrimonial de más de 684 mil millones de pesos que además abarca los departamentos e inmuebles de la ex vicepresidenta heredados por sus hijos Máximo y Florencia.
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó este viernes los recursos presentados por Cristina Fernández de Kirchner, Lázaro Báez, Máximo Kirchner, Florencia Kirchner y otros condenados en la causa conocida como «Vialidad», y confirmó el decomiso de un extenso listado de bienes inmuebles destinados a satisfacer una pena que, en cifras actualizadas, asciende a $684.990.350.139,86.
La resolución, firmada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, despeja el último obstáculo procesal para avanzar en la realización de ese patrimonio. Sin embargo, los condenados aún tienen la oportunidad de ir a la Corte a través de un recurso extraordinario federal.
En junio del año pasado, la Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó la queja de la defensa de Cristina Fernández de Kirchner y confirmó su pena de seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por haber sido considerada autora del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública.
Con esa condena firme, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 2 ordenó, el 18 de noviembre de 2025, la identificación y realización de bienes para ejecutar el decomiso. Fue esa resolución la que todos los condenados llevaron a casación, y que este viernes quedó confirmada en su totalidad.
La causa tiene su origen en la adjudicación irregular de contratos de obra pública en la provincia de Santa Cruz durante los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner, a través de los cuales el empresario Lázaro Báez y su empresa Austral Construcciones S.A. recibieron un flujo sostenido de fondos públicos que el tribunal consideró parte de una maniobra delictiva sistemática
El patrimonio en la mira: bienes en Santa Cruz y el rechazo a los argumentos de la defensa
El listado de bienes a decomisar es de una extensión inusual en la historia judicial argentina. Abarca más de un centenar de inmuebles registrados principalmente en Santa Cruz, Río Gallegos, El Calafate, Río Turbio, adquiridos en su mayoría entre 2004 y 2012, tanto por el empresario patagónico como por la ex vicepresidenta y sus hijos Máximo y Florencia Kirchner.
Cada uno de los condenados buscó desmantelar sin éxito el decomiso con argumentos distintos. Los abogados de Cristina sostuvieron que la medida violaba el principio de cosa juzgada porque ella y Néstor Kirchner ya habían sido sobreseídos en otro proceso por el delito de enriquecimiento ilícito.
Los camaristas Hornos, Borinsky y Barroetaveña rechazaron el razonamiento tras argumentar que los hechos investigados en aquel proceso eran esencialmente distintos de los que motivaron la condena por administración fraudulenta en esta causa, por lo que no existe la identidad de objeto necesaria para invocar ese principio.
En tanto, Máximo y Florencia Kirchner, que no fueron condenados en la causa, sostuvieron que los bienes que tienen a su nombre provienen de la sucesión de Néstor Kirchner, que tampoco fue imputado, y que el tribunal de origen había descartado en su momento cualquier hipótesis de simulación o fraude en esas transmisiones.
Ante ello, la casación respondió que “la ausencia de condena propia no impide el decomiso si los bienes guardan nexo causal con el producto del delito probado, y que la transmisión patrimonial a terceros, incluidos los herederos, no interrumpe esa posibilidad”.
La situación de los otros imputados y la falta de «perjuicio actual»
Lázaro Báez adhirió a los recursos de Cristina y de sus hijos sin agregar argumentos propios sustanciales, mientras que Nelson Periotti y Raúl Gilberto Pavesi plantearon que sus bienes no debían ser alcanzados por el decomiso. Por un lado, Periotti sostuvo que la ejecución posterior excedía los límites de la sentencia original y Pavesi indicó que su único inmueble había sido adquirido con ingresos lícitos y antes de asumir su cargo.
Sin analizar el fondo de ambos razonamientos, el máximo tribunal penal del país los consideró prematuros al sostener que el TOF 2 estableció un orden de prelación, y los bienes de Periotti y Pavesi solo serían ejecutados si los identificados en primer lugar resultaran insuficientes. Como esa instancia todavía no ocurrió, la Cámara concluyó que ambos «carecen de un perjuicio actual» y rechazó los recursos.
Próximos pasos: el recurso extraordinario y el rol de la Corte Suprema
Cristina y el resto de los condenados pueden objetar esta decisión a través de un recurso extraordinario federal, del cual tienen un plazo de presentación de 10 días hábiles. De ser aceptado por casación, le abrirá la puerta a que sea la Corte Suprema quien finalmente decida si se debe ejecutar o no el decomiso de los bienes.
Sin embargo, el fallo activa el mecanismo institucional por el cual la Corte Suprema puede reclamar para sí, o para el Consejo de la Magistratura, algunos de los bienes confiscados, en lugar de que sean vendidos y el producido ingrese al erario público.
Fuente Mdzol.com

