El tribunal de Vialidad consideró que la bandera tendida entre los balcones incumplió las condiciones del arresto y avisó: si se repite, revoca la domiciliaria.
El Tribunal Oral Federal que condenó a Cristina Kirchner a seis años de prisión en la causa Vialidad le advirtió que incumplió las condiciones de su arresto domiciliario por la bandera que se desplegó el fin de semana entre el balcón de su departamento de San José 1111 y un edificio vecino. El mensaje fue directo: si la situación se repite, la expresidenta podría terminar cumpliendo la pena tras las rejas.
El episodio se dio en el marco de los actos por el primer aniversario de la detención de Cristina Kirchner. Desde entonces, distintos intendentes del conurbano bonaerense se vienen turnando para concentrar militantes debajo del balcón de Constitución y respaldar a la exmandataria con muestras de apoyo.
El fin de semana fue el turno de Mayra Mendoza. La intendenta de Quilmes convocó a un grupo de militantes que tendió una enorme bandera entre el balcón de la expresidenta y un edificio ubicado en la vereda de enfrente. La tela llevaba la consigna «De San José 1111 a la Rosada» y estuvo acompañada de otros carteles y mensajes de adhesión. Cristina Kirchner respondió con un saludo desde el balcón.
El escrito que activó la advertencia
El juez Rodrigo Giménez Uriburu, a cargo de la ejecución de la pena, firmó un escrito de cinco páginas en el que le recordó a la expresidenta que tiene la obligación de «abstenerse de adoptar comportamientos que pudiesen perturbar la tranquilidad del vecindario y/o alterar la convivencia pacífica de sus habitantes».
El magistrado aclaró que, en el pasado, las manifestaciones periódicas frente al domicilio no habían configurado, a criterio del tribunal, una violación de las condiciones del arresto, pese a los reclamos de la fiscalía que encabeza Diego Luciani. Esta vez, en cambio, consideró que la conducta era reprochable por tres motivos.
La cárcel, como horizonte
«La suma de los extremos señalados revela que la conducta verificada el 14 de junio pasado no es compatible con las obligaciones asumidas en el marco de la prisión domiciliaria concedida, ni con el estándar de comportamiento que el tribunal tuvo en miras al imponer las reglas de conducta oportunamente establecidas», consignó Giménez Uriburu.
El juez remarcó que incumplir esas reglas «compromete los fundamentos mismos sobre los que reposa la modalidad de ejecución concedida y torna imperativa la intervención del suscripto en su condición de juez de ejecución actuante». Sobre esa base, dejó asentado que, de reiterarse los hechos, revocará la prisión domiciliaria.
Fuente Mdzl.com

