«Estamos frente a una situación de gravedad institucional», advirtió Miguel Pichetto. Hoy no rigen los topes por nacionalidad.
Miguel Ángel Pichetto sufrió este lunes un revés en su intento de frenar por vía judicial la venta sin límites de tierras rurales a extranjeros. El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 1 resolvió no dictar de manera inmediata la cautelar que había presentado junto a Nicolás Massot y, en cambio, le corrió traslado al Gobierno para que exponga sus argumentos.
El diputado no ocultó su malestar. «Mientras la Justicia demora, se pueden concretar esas ventas, con grave riesgo para el patrimonio nacional. Esta decisión permite que esa situación continúe», escribió en sus redes.
Y fue más allá, al leer lo ocurrido como un anticipo de lo que viene: «Estamos frente a una situación de gravedad institucional, el rechazo de la cautelar preventiva es un indicio de la suerte que puede correr nuestra presentación». El presidente de Encuentro Republicano Federal aclaró, de todos modos, que una eventual respuesta negativa sobre el fondo le abriría la puerta a recurrir ante instancias superiores.
La pelea por los cinco días
El punto que más preocupa al diputado no es el contenido de la resolución sino su cronograma. El juzgado le otorgó al Estado cinco días hábiles para contestar, y Pichetto pidió que ese plazo se reduzca a dos.
El motivo es político. Si los cinco días se mantienen, el Gobierno terminaría fijando su posición apenas cuarenta y ocho horas antes de la sesión que la oposición prepara en Diputados para rechazar el DNU 70/23. Con dos días, en cambio, el expediente judicial llegaría con definiciones a esa jornada.
El fundamento del juzgado para no avanzar de inmediato fue que «no se acredita la concurrencia de circunstancias graves y objetivamente impostergables» que justifiquen resolver sin escuchar antes al Estado.
Qué buscan frenar
La presentación apunta al artículo 154 del DNU 70/2023, el que derogó la Ley de Tierras, y se activó después del fallo de la Corte Suprema del 29 de septiembre, que desestimó por falta de legitimación la demanda del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata sin pronunciarse sobre el fondo.
Con esa decisión, la derogación recuperó plena vigencia. Hoy no rigen los topes que la norma fijaba para la compra de tierras rurales por parte de extranjeros —ni por porcentaje nacional, provincial o departamental, ni por nacionalidad o superficie—, ni la prohibición de adquirir inmuebles que contengan cuerpos de agua permanentes o sean ribereños a ellos.
El argumento central de Pichetto y Massot es el de la irreversibilidad: lo que buscan evitar es que las operaciones concretadas en este período se consoliden como derechos adquiridos.
Según plantearon, aun si el Congreso rechazara el decreto o si una nueva ley restableciera las restricciones, las compras perfeccionadas mientras la derogación estuvo vigente podrían quedar a salvo.
Fuente Mdzol
