El asilo es un instrumento legal que le posibilita al estado el resguardo de un individuo extranjero, quien tiene la facultad de solicitarlo a partir del momento en que su seguridad está amenazada por el régimen local de turno.
Los denominados refugiados forman parte de este marco, diferenciándose sobre una percepción grupal de nivel humanitario basado en acontecimientos críticos que afectan a un conjunto social, tal es el caso de un conflicto bélico, ambiental e incluso económico, y que en situaciones de masividad migratoria suelen colocar en jaque a los sistemas de gobierno a los que se presentan, que no pueden deportarlos ni tampoco responder a la demanda o que en realidad no tienen predisposición para recibirlos, demostrando la fragilidad operacional y política en torno a un compromiso ético, moral y legal redireccionando la responsabilidad para otros estados.
Se lo reconoce etimológicamente en el latín asȳlum, sobre el griego ásylon, entendiéndose como un espacio de carácter inviolable consolidándose como tal en la constitución de la Roma de Rómulo, y hoy se extiende para respetar el territorio al cual se le autoriza radicarse temporal o indefinidamente a la persona que lo necesita. Individualmente, la embajada es la principal puerta de consulta y negociación, porque su jurisdicción no responde al gobierno local sino al propio, siendo el máximo beneficio jurídico en su reconocimiento dentro de un territorio ajeno.
Si bien constituye una figura universal, numerosos países niegan el pedido de manera injusta e hipócrita, influenciados por intereses y aliados políticos, lo cual se lo ilustra perfectamente con el pedido de asilo en noviembre de 2019 del presidente de Bolivia, Evo Morales, durante un discutido golpe de estado, siendo rechazado inicialmente por el mandatario argentino Mauricio Macri, afín a las estrategias políticas de Estados Unidos en la época; de este modo, Morales encuentra salida en México, gobernando por López Obrador, a partir de la intervención del candidato presidencial argentino Alberto Fernández, quien eventualmente gana las elecciones y recibe a Morales en su país, un mes después de la negación declarada por Macri que obligara a la segunda solicitación ante México.
Importancia de la figura legal del asilo
Luego de la Segunda Guerra Mundial, quedan en evidencia que hay personas que padecen hostigamientos en sus propios países de residencia, por esa razón en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, en su artículo 14, establece que todo ser humano tiene derecho de solicitar asilo en cualquier país.
Queda algo en claro: el asilo es considerado un derecho humano, es un derecho sin limitaciones territoriales. Por otra parte, se le considera una manera de reconocer que las personas tienen potestad de huir de donde son perseguidas o atacadas. Otros países son los que deben garantizar la protección de los asilados en su territorio.
De igual modo, es cierto que el tema del asilo es bastante antiguo, aunque gana estatus legal y rango de derecho luego de la Segunda Guerra. Por otra parte, es en el desarrollo de la Revolución Francesa cuando se escribe por vez inicial una ley de asilo. La recién creada República acogía a extranjeros desterrados por la lucha de la libertad.
Las bases jurídicas en las que se fundamenta
Ya hemos dicho que la DUDH constituye como un derecho, legal e internacional, al asilo. Luego, en 1951, el Estatuto de los Refugiados establece el “principio de no devolución”, en otras palabras, no se puede retornar a una persona que pide asilo al país de donde está huyendo.
Cada nación tiene la potestad de otorgar o negar un asilo, estableciendo requisitos particulares para proceder con su aprobación. No obstante, hay un marco común con algunas pautas internacionales, y la mayoría de ellas se plasman en la Declaración de los Derechos Humanos y el Convenio de Ginebra.
Se establece que cuando alguien cumple con los requisitos de asilo, los Estados “tienen la obligación moral de concederlo”. Toda esta normativa se complementa con otros documentos, tales como: la Convención Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, la Carta Africana sobre Derechos Humanos y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
Tipos de asilo: diplomático, territorial, político…
Básicamente, se considera que existen dos tipos de asilo. Para conocerlos, damos una explicación abreviada de ambos:
El Asilo Diplomático: protección que da un Estado a una persona que padece de persecución en su país de origen. Este asilo, típicamente, acontece cuando quien solicita el asilo se aloja en una embajada del país benefactor pero dentro del mismo territorio de la nación de la que se pretende huir. Hay que recordar que las sedes de misiones diplomáticas cuentan con inmunidad. Muchas veces se negocia un salvoconducto para que la persona salga de la embajada y viaje al propio territorio del país que lo asila, aunque esto no siempre sucede.
Un caso de este tipo de asilo fue el concedido a Julian Assange (fundador de WikiLeaks: publicadora de secretos políticos de USA, quien lo pretendía detener) por Ecuador en su embajada ubicada en Londres, donde permaneció por unos 7 años hasta 2019.
El Asilo Territorial: en este caso, la persona asilada ya se encuentra en el territorio del país que concede este beneficio. Suele implicar ciertas condiciones especiales y la nación receptora suele dar algunos beneficios para el sustento del asilado.
Esta modalidad es la más segura para quienes lo piden. Les permite estar fuera del territorio de la nación donde corren peligro, pero para llegar hasta allá y conseguirlo, en la mayoría de las veces se sortean muchos riesgos en los traslados para poder cruzar las fronteras.
Hay otras variantes: asilo político, por derechos humanos, causas humanitarias, etc. No obstante, desde el punto de vista práctico las dos variantes antes mencionadas son las más usadas para clasificar las categorías de asilo.
Refugiados: Ejemplos de la hipocresía de países que reconocen pero niegan el asilo
Se dice que el asilo está inmerso en la subjetividad. Algunos países tienen sesgadas preferencias por dar el asilo, algunas de ellas suelen negar este derecho y exigen a quien lo pide que solicite asilo a otra nación. Aunque, desde el punto de vista diplomático tales naciones siempre hablan de defender este derecho, a pesar de cumplirlo solo a medias.
Caso Europa: luego de las guerras mundiales, los europeos fueron los primeros en defender el asilo, pero la reciente crisis de refugiados venidos desde África y Medio Oriente, deja en evidencia ciertas reticencias del viejo continente para recibir a personas que huyen de esos territorios marginados. El país que más ha recibido peticiones de asilo, ante la situación ya mencionada, es Alemania, pero los alemanes protestan esta circunstancia: los refugiados arriban a costas mediterráneas y al no ser aceptados en naciones de esa geografía, buscan apoyo en el norte europeo.
Caso Estados Unidos: Donald Trump incorpora el concepto de tercer país seguro, pidiendo que México asuma este rol. Consiste en aceptar refugiados temporalmente, para luego enviarlos a tierras mexicanas.
Sucede entonces algo similar al mediterráneo europeo: los países alojan refugiados, no los devuelven, pero tampoco les dan el asilo. En realidad, luego tratan de enviarlos a otra nación para que ahí tengan el asilo definitivo.
Lo anterior indica que se tiende a esquivar la cuestión del asilo. No se niega rotundamente, pero quienes lo piden solo reciben la sugerencia de “ir a otro país”.
¿Qué debe demostrarse y por qué se revoca o niega un asilo?
Son varios los requisitos para pedir un asilo. Varían un tanto de un país a otro, pero en general son los siguientes:
– Demostrar que se es perseguido, que se corre riesgo en el país de origen.
– También son causales de asilo: la explotación sexual, tráfico humano, ser víctima de delitos sin recibir ayuda legal.
– Pedir el asilo ante las autoridades respectivas: el representante diplomático (si es asilo diplomático) o ante las autoridades del país respectivo (asilo territorial).
– El asilo se demuestra indicando pruebas: marcas de tortura, historia judicial de persecución o con notas de prensa que evidencien peligro en el país de origen. También, con pruebas de amenazas o con documentos que patentizan la violación de derechos.
– El asilado no debe tener antecedentes de violencia ni haber cometido crímenes.
– Se exige no hacer proselitismo político en el país receptor.
El asilo se puede negar si las pruebas presentadas son falsas. Asimismo, se revoca si el asilado comete delitos en el país que los aloja y si incumple con los acuerdos del asilo otorgado.
Fuente: https://significado.com/asilo/