Están imputadas 95 empresas, a las que se les podría aplicar sanciones; en las compañías dijeron que se trata de tributos de la propia prestación que figuran en el contrato de concesión
La Secretaría de Industria y Comercio imputó a 95 empresas de servicios públicos por haber incluido en sus facturas tasas o cargos ajenos al contrato preexistente entre el proveedor y el consumidor. Ahora, las compañías tendrán cinco días hábiles para hacer su descargo. Cumplido ese plazo, las firmas sospechadas serán plausibles de ser sancionadas con multas que pueden alcanzar hasta $2130 millones.
Consultadas al respecto, algunas empresas imputadas afirmaron que se trata de una confusión. Según explicaron, hay una cuestión estrictamente conceptual del término que aparece en la factura, pero nada fuera de lo normal y que no se pueda aclarar, ya que el ítem que aparece como “Tasa Mun Desagregada” son en realidad tributos asociados a la propia prestación del servicio, aprobados por los entes reguladores.
En este sentido, desde una distribuidora comentaron: “La resolución 267-2024 de la Secretaría de Industria y Comercio prohibió oportunamente la inclusión de conceptos ajenos al servicio prestado en factura, y eso se respeta a rajatabla. Lo que la Secretaría prohibió eran conceptos más vinculados a tasas de seguridad e higiene, uso de espacio público, que los municipios aleatoriamente subían a la factura de los servicios públicos”.
En otra de las compañías imputadas respondieron que la Secretaría está cometiendo un error. “Están confundiendo la tasa municipal que se cobraba, que está desde el día uno y dentro del contrato de concesión, con la tasa de alumbrado público, que es lo que ellos prohibieron. Confundieron lo que sí se puede sacar de la factura con lo que no. En algún momento tendrán que corregir ese error”, explicaron.
Pese a los argumentos de las empresas, fuentes de la Secretaría de Industria y Comercio ratificaron las imputaciones. Y explicaron: “Desde que pusimos en marcha el canal, el 11 de octubre pasado, recibimos 2705 denuncias. Se analizaron una por una y por empresa demandada. En todos los casos está comprobado el presunto incumplimiento a la Resolución 267, lo que implica que se incorporaron en las facturas conceptos que son ajenas a la prestación”.
Además, en la Secretaría ratificaron que buscan que al consumidor de todo el país le llegue la factura por lo que tiene que pagar por el servicio de contrato. “Nosotros no vamos contra la autonomía municipal, sino que lo que decimos es que no pueden cobrar eso enganchado a una factura que nada tiene que ver con lo que se quiere cobrar al consumidor”, comentaron.
Asimismo, agregaron que en las 95 imputaciones no hay ningún caso que surja de los municipios que han logrado medidas cautelares ante la Justicia.
Según pudo saber LA NACION, se abrieron 244 expedientes vinculados a las imputaciones, uno por cada localidad donde las empresas incumplieron la norma, tras recibirse 2705 reclamos. Las actuaciones corresponden a facturas con vencimiento posterior al 11 de octubre, cuando entró en vigencia la Resolución 267/2024, que determinó la prohibición de incluir en los recibos conceptos indebidos, según precisó el Gobierno.
La autoridad de aplicación indicó que continuará con la instrucción de sumarios para los próximos vencimientos de noviembre y diciembre. Al momento se imputaron empresas del centro porteño y de Buenos Aires, Misiones, San Juan, Entre Ríos, Santa Fe, Córdoba, Santa Cruz, Chubut, Chaco, Jujuy, Neuquén, Río Negro, Mendoza, Corrientes, Tierra del Fuego, Salta, San Luis, Santiago del Estero y Tucumán.
Desde que reciben la notificación, las compañías tendrán cinco días hábiles para hacer su descargo. Cumplido ese plazo, la Secretaría de Industria y Comercio sancionará a aquellas que no cumplieron la norma, de acuerdo a lo previsto por la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, que en su artículo 47 inciso b contempla multas de hasta $2130 millones. Algunas de las firmas apercibidas fueron Edesur, Edenor, Edelap, Metrogas, Naturgy, Edesa, Camuzzi Gas del Sur, con reclamos de clientes que llegaron desde Neuquén, Chubut, Río Negro y Buenos Aires; Camuzzi Gas Pampeana; la Empresa Distribuidora de Energía Norte S.A.; y Gasnea S.A., de Entre Ríos, entre otras.
El organismo estatal indicó que “las denuncias fueron recibidas en el correo electrónico habilitado para tal fin, denunciatufactura@comercio.gob.ar”. En la resolución por la que estas empresas fueron sancionadas se indicó que con el transcurso del tiempo se volvió una práctica generalizada que las prestadoras de servicios públicos domiciliarios facturaran sumas o conceptos indebidos, ajenos a aquellos contratados por los consumidores.
Por Carlos Manzoni
Fuente Lanacion