- Lo dispuso el Tribunal Superior de Justicia de esa provincia en plena feria judicial.
- La polémica medida también recae sobre el cuñado del exmandatario, Juan Pablo Aguilera.
Por mayoría, una sala de feria del Tribunal Superior de Justicia de Entre Ríos revocó este miércoles la prisión preventiva del exgobernador K Sergio Urribarri y dispuso su libertad hasta que su condena a ocho años por corrupción quede firme en la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La polémica medida también beneficia Juan Pablo Aguilera.
De esta forma, tanto Urribarri como Aguilera dejarán en las próximas horas la Unidad Penal Número 1 de Paraná, donde están detenidos desde el 19 de noviembre, en una causa por corrupción en la que habían sido condenados en 2022, tras una investigación de la fiscal Cecilia Goyeneche. Urribarri fue el primer gobernador de Entre Ríos condenado y con prisión preventiva desde la restauración de la democracia en 1983.
El fallo de 41 páginas que se conoció este miércoles, en plena feria judicial, los integrantes del Tribunal Leonardo Portela y Germán Carlomagno consideraron que no está acreditado el riesgo de fuga. En disidencia, Miguel Giorgio votó por el cumplimiento efectivo de la prisión preventiva en la Unidad Penal. Portela había sido designado por el ex gobernador del PJ Gsutavo Bordet y conocido del influyente diputado massista Guillermo Michel. Mientras que Carlomango había llegado hace años a ese puesto por impulso del antecesor de Bordet, el también peronista Jorge Busti, contaron a Clarín fuentes judiciales.
A diferencia de sus colegas Giorgio, por ejemplo, sostuvo que «hay otros 24 presos con prisión preventiva» en Entre Ríos que están pidiendo apertura de tribunal de feria y, sin embargo, solo aceptaron la solicitud del ex embajador en Israel K y su cuñado.
En fuentes judiciales se explicó la maniobra que hizo la defensa de Urribarri. Primero, la sala penal del Tribunal Superior de Justicia Entre Ríos (TSJ) tenía que resolver un recurso extraordinario provincial que estaba en trámite y debía esperar a que pasar la feria judicial de enero. El TSJ tiene 9 miembros y está dividido en sala por especialiddades. Sucede que la jueza del TSJ Gisela Schumacher, junto a otros, había aceptado un recurso extraordinario de Urribarri a la Corte Suprema de la Nación lo que suspendió la ejecución inmediata de la condena. Y Schumacher, ante dos pedidos de juicio político, pidió apartarse.
En los últimos años, el kirchnerismo creó una jurisprudencia -sin ley que la ampare- para que tras la ratificación de las cámaras de Casación, la Corte quede como el último tribunal de apelación cuando no lo es.
Entonces, se habilitó una sala de feria de la que pidió apartarse Schumacher que se conformó con un juez de la sala laboral (Carlomagno) para responder a las presiones de Urribarri que hacía 50 días que estaban con prisión preventiva. Según las fuentes, debería haberse esperado por lo menos que terminara la feria para resolver.
El año pasado la Cámarda de Casación provincial había dispuesto: «Se dispone hacer lugar al Recurso de Casación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal, REVOCAR la resolución de fecha 05/09/2024, dictada por el Tribunal de juicio y apelaciones de Paraná, y en consecuencia, disponer la prisión preventiva efectiva de los imputados Sergio D. Urribarri y Juan Pablo Aguilera, hasta que la sentencia condenatoria recaída en autos adquiera firmeza».
Sin embargo, ahora la sala de feria del TSJ sostuvo que «la prisión preventiva es la medida cautelar de coerción personal más severa posible y por ende reviste de carácter excepcional» y no correspondía en este caso pese a que hay hay una condena de hace dos años atrás.
El pedido de cumplimiento efectivo de la prisión había sido pedido por los fiscales entrerrianos Patricia Yedro, Gonzalo Badano y Juan Francisco Ramírez Montrull, dijeron, «fundada particularmente en el riesgo serio de fuga».
La defensa del exgobernador kirchnerista había objetado la preventiva argumentando que el tribunal que la decisión en ningún momento expuso motivos concretos para fundamentarla.
«La resolución que dispuso la detención del ex gobernador es descalificable con base en la doctrina de la arbitrariedad, toda vez que omitió el tratamiento de las cuestiones esenciales oportunamente planteadas, traduciéndose ello en la falta de fundamentación adecuada con la consiguiente afectación de los derechos de defensa en juicio y del debido proceso legal», esgrimieron.Juan Pablo Aguilera, cuñado de Urribarri, detenido en Paraná.
En diferentes párrafos de su exposición, la defensa de Urribarri calificó como excesiva la prisión preventiva, tanto que el fallo no está firme hasta que lo trate la Corte Suprema. Ese punto no es menor y podría hacer que, a raíz de esta nueva resolución judicial, el exgobernador no vuelva a pisar una cárcel nunca más.
Es así porque, a pesar de estar condenado a ocho años de prisión por delitos contra la administración pública, el plazo para que la Corte Suprema de Justicia de la Nación trate su expediente podrían llevar años y sería resuelto ya con el dirigente K habiendo superado los 70 años, edad en la que puede acceder a domiciliaria.
Urribarri fue condenado por peculado y negociaciones incompatibles con el cargo el 7 de abril de 2022. Ese fallo fue confirmado por la Cámara de Casación provincia el 31 de mayo de 2023 y su detención fue dispuesta el 20 de noviembre pasado.
«La posibilidad de una fuga evadiendo los controles fronterizos, además de resultar una absoluta mera conjetura, puede enervarse con distintas y simples medidas asegurativas que pueden adoptarse, tal como lo efectuó en su momento el Tribunal de Juicio», señaló uno de los jueces.
«Que Urribarri haya asistido de manera virtual a muchas de las audiencias que se han llevado a cabo en las distintas instancias, no implican ni autorizan en modo alguno una presunción de que el mismo intentará sustraerse al proceso», agregó en su voto Germán Carlomagno.
«No existe peligro de entorpecimiento en la investigación, ya que la etapa de investigación está clausurada», marcó Carlomango y sostuvo que «el ‘peligro de fuga’ que advierten los tribunales inferiores, no posee anclaje concreto en circunstancias de la causa».
Sin embargo, el urribarismo había conseguido la destitución de la fiscal Goyeneche, medida que finalmente anuló la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
En cambio, Miguel Giorgio, en tanto, apoyó la confirmación de la sentencia de Casación que metió presó a Urribarri y esgrimió que no era un fundamento válido para revocar la medida el posible plazo que tome la Corte Suprema para tratar el recurso federal.
«Esta magistratura no desconoce que la Corte Suprema de Justicia de la Nación emplea tiempos diferentes para abordar el recurso extraordinario federal desde su tratamiento hasta la resolución final; tomándose plazos que suelen ser más dilatados, incluso prolongarse en años; pero ello no configura un motivo para deslegitimar o descartar la imposición de la prisión preventiva en el caso concreto, en la medida que puede revisarse y modificarse en cualquier momento como manifestación de la intrínseca provisoriedad del instituto en cuestión», escribió.
En ese sentido, manifestó que nada impide que las defensas reiteren el cese la prisión preventiva y/o el reemplazo morigerador por otro tipo de institución cautelar mientras el expediente llegue a la Corte.
Por último, el juez Portella se sumó a los argumentos de Carlomagno y se atajó antes posibles críticas. «Debido a la trascendencia pública que tiene el resultado de este proceso y a que tanto en la prensa como en el voto que antecede se han volcado una suerte de apreciaciones que me afectan directamente, me veo en la necesidad de hacer una serie de aclaraciones«, dijo.
El magistrado rechazó la prisión preventiva porque, sostuvo, no hay posibilidad de entorpecimiento de la causa ni peligro de fuga. Y cuestionó el pedido de los fiscales para mantener encerrado al exembajador argentino en Israel. «Resulta evidente que los argumentos brindados por el MPF para sostener su pedido y de la Cámara de Casación para resolver no superan el umbral de la mera hipótesis y, como tales, no conforman argumentos sólidos jurídicamente hablando».
«Basta recordar que Urribarri, por ejemplo, estaba en Israel como diplomático cuando fue citado y renunció a su cargo para presentarse. Sería contrario a la lógica, no digo imposible, que ahora pretenda fugarse sabiendo que su condena no está firme», afirmó.
Además, Portella comparó el caso Urribarri con dos expedientes de gran repercusión mediática, en los que los imputados -dice el juez- recibieron domiciliaria: el de Felicitas Alvite, más conocida como “Toretto”, que atropelló a un motociclista corriendo picadas; y el del piloto del avión de los “vuelos de la muerte”, Alejandro Domingo D’Agostino, que tiene ese beneficio a pesar de las denuncias que marcan que violó la domiciliaria en reiteradas oportunidades.
Fuente Clarin