El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, ya había anticipado que se trata de una iniciativa “muy profunda”. Los puntos principales y cuándo se puede oficializar.
El Gobierno publicará de forma inminente la reglamentación de la reforma laboral que se aprobó con la Ley Bases. La propuesta incluye una mayor flexibilización laboral, la extensión del período de prueba, -de tres a seis meses- y la habilitación de un nuevo régimen de despidos.
Este último ítem habilita a que las empresas y los sindicatos se pongan de acuerdo en un sistema como el de la UOCRA, donde cada trabajador aporta y cuando se termina la obra se lleva la indemnización. Se espera que su publicación en el Boletín Oficial sea esta noche, el martes o a más tardar el día miércoles.
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, confirmó este viernes en el evento de la IAEF que se realizó en Mendoza que la reforma laboral “es muy profunda” y permite que se regule entre la patronal y el sindicato cómo será el sistema de despidos, por fuera de la ley de contrato de trabajo.
“No será obligatorio para las empresas. El empleador y los trabajadores pueden prescindir si no les conviene. Solo funcionará si es bueno para el trabajador y para el empresario”, aclaró el funcionario para referirse al artículo que se llama “sistema de cese” en la ley.
Mientras el Gobierno se prepara para publicar la reglamentación de la reforma, la Confederación General del Trabajo (CGT) negocia con bajo perfil las condiciones para limitar el alcance de medidas. Por otro lado, el sector empresarial presiona para que la letra chica les dé mayor libertad para la contratación y el despido de los trabajadores.
Los puntos más destacados de la reforma laboral
- Régimen simplificado de registración laboral: se implementa un sistema simplificado con un aporte único para empresas con hasta 12 empleados. Además, se introduce un sistema de condonación de multas por trabajador no registrado.
- Extensión del período de prueba: el período de prueba se extiende de tres a seis meses, con la posibilidad de ampliarlo a ocho meses para pymes que empleen entre seis y cien trabajadores, y hasta un año para empresas con menos de cinco empleados.
- Fondo de cese laboral: se crea un fondo alternativo a las indemnizaciones tradicionales por despido, que puede establecerse mediante convenios colectivos de trabajo y financiarse con aportes mensuales de los empleadores. Este aporte, que no puede superar el 8% del salario, será exclusivamente a cargo del empleador y se utilizará para constituir el fondo de cese laboral. La Secretaría de Trabajo será responsable de reglamentar el proceso administrativo.
- Trabajadores independientes: se introduce la figura del trabajador “colaborador”, reduciendo de cinco a tres el número de colaboradores que los trabajadores independientes pueden emplear sin que se considere una relación de dependencia.
- Agravamiento indemnizatorio por despido discriminatorio: se incrementa la indemnización en casos de despido por motivos discriminatorios, tales como raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, género, orientación sexual, posición económica, características físicas o discapacidad.
- Modificaciones en licencias por maternidad: se prohíbe el trabajo para mujeres o personas gestantes durante los 45 días anteriores y posteriores al parto, permitiendo reducir la licencia previa al parto a un mínimo de 10 días y acumular el resto del tiempo al período postparto.
Fuente TN