El futuro de la empresa corre peligro debido a una disputa judicial entre dos hijos del fundador de la firma mendocina
Una de las bodegas más tradicionales de la Argentina está atrapada en un fallo judicial con cuestiones tan particulares que bien podría sentar un precedente para toda la historia contractual del país. De hecho, tan especial es el fallo que emitió la Justicia a Mendoza que nadie descarta que la bodega Zuccardi, de ella se trata, termine en la quiebra.
La situación no es nueva y se remonta a una vieja disputa entre dos hijos del histórico fundador de la tradicional finca mendocina, una de las principales y, quizás, la más grande de las que aún quedan en manos de una familia nacional. Ese entredicho dio origen al expediente “Zuccardi contra Zuccardi”, que ingresó a la Corte Suprema para la sentencia final del tema.
Todo empezó a principios de 1990, cuando se inició la planificación sucesoria anticipada del patrimonio de Alberto Zuccardi y su mujer. Sus tres hijos, José, Cristina y Emma, se dividieron los activos. La bodega La Agrícola fue entregada al hermano varón, mientras que dos constructoras, Cimalco Mendoza y Cimalco Neuquén, pasaron a manos de las hijas. Aquella decisión se formalizó con un contrato al que todos los hijos suscribieron.
La Agrícola devino en una bodega emblema del apellido, mientras que las constructoras fueron perdiendo peso en el mercado. Alberto, el padre, murió en 2014, y su esposa, Emma Cartellone, en abril de 2020. No había más bienes que repartir.
En 2018, Cristina Zuccardi, casada con el exministro de Trabajo del gobierno de la Alianza, Alberto Flamarique -uno de los implicados en el escándalo de los sobornos en el Senado, que siempre negó haber dicho que “para los senadores tenía la Banelco”-, presentó un reclamo judicial.
Más allá de los tecnicismos, sostenía que había sido perjudicada en el reparto de bienes y que su porción no tenía relación con el valor de los activos al momento del fallecimiento de su padre. Ese es el punto neurálgico: la valuación de los bienes siempre se hace al momento del reparto, como se hizo en el caso de la emblemática bodega.
El expediente se sustanció en Mendoza y la justicia de primera instancia le dio la razón a José, el dueño de la bodega. Entre los argumentos más importantes cuenta que fue el hijo, y los nietos, quienes administraron la bodega desde que se dividieron los bienes, y fueron quienes llevaron a la empresa al valor que tenía en 2014. Por otra parte, sostiene que todos asintieron la división a principios de los 90. Lo que vino después fue gestión da cada hermano con su respectivo activo.
El fallo fue apelado y la sala segunda de la Cámara de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia de primera instancia. Pero fue la Suprema Corte de la provincia la que cambió las cosas y dejó sellado el futuro de la bodega y de todos los emprendimientos del grupo, entre ellos la producción de aceite de oliva.
En agosto pasado, el tribunal presidido por Dalmiro Fabián Garay Cueli resolvió condenar a José Alberto Zuccardi a pagar US$12 millones más intereses –la suma podría llegar a US$20 millones aproximadamente–, con un fallo que revirtió todos los argumentos de los tribunales inferiores.
La sentencia se basó en tres ejes. El primero, la fecha que debía tomarse para la valuación del patrimonio y, además, qué carácter darle a los aumentos en el patrimonio ocurridos luego de la donación. El segundo, la perspectiva de género aplicada a la solución del caso. Y, finalmente, una supuesta simulación entre padre e hijo para desapoderar a su hermana. Nada de eso había sido visto en las decisiones judiciales anteriores.
La sentencia interpretó que “las empresas donadas deben valuarse al momento de la muerte” de Zuccardi padre, y que la continuidad de sus labores en la bodega justifican el mayor valor que adquirió la empresa. Es decir, eso debe dividirse. La crítica de no pocos juristas es que esta solución ignora la libertad contractual, distorsiona el instituto de la donación, quebranta el principio de igualdad y de igualdad entre herederos y culmina con un ataque a la garantía de inviolabilidad de la propiedad.
Perspectiva de género
Uno de los puntos más polémicos son las consideraciones con respecto a la perspectiva de género, ya que el Tribunal le da relevancia a la condición de mujer de la demandante. Relata que ciertos estereotipos de género habrían incidido en las decisiones de los padres Zuccardi en beneficio del “hijo varón” (José) y en detrimento de su hermana, por el solo hecho de ser mujer. Con esa interpretación llegan a conclusiones que están lejos de las pruebas que habían sido merituadas en los procesos inferiores.
El 23 de agosto, José Zuccardi presentó un recurso extraordinario federal para llegar a la Corte. Mientras tanto, se abrió una negociación entre las partes. En medio de esas conversaciones, el mes pasado, la Suprema Corte de la provincia rechazó el recurso. Con el voto de María Teresa Day, Pedro Jorge Llorente y Omar Alejandro Palermo, sostuvieron que el tema es “materia extraña” al conocimiento del tribunal.
Hace pocos días, el “hijo varón” presentó un recurso ante la Corte Suprema de Justicia para revisar algunas interpretaciones que hizo la corte provincial. En Talcahuano 550, donde trabajan los jueces supremos, se cocina el destino final de una de las principales bodegas de la Argentina. Y, de paso, se podría sentar jurisprudencia sobre la interpretación de la donación consentida. De confirmar la sentencia, miles de patrimonios heredados podrían volver a calcularse y dividirse nuevamente.
Por Diego Cabot
Fuente Lanacion