Confesión

Confesión

La confesión es la prueba máxima presentada en un proceso jurídico, como una afirmación de conocimiento expuesto por una de las partes, realizada de manera libre y expresa, sin coacción, determinante y evidente. Toda confesión debe ser siempre explícita, nunca tácita.

El término tiene origen en el marco religioso, forjando un puente con Dios, para buscar la pureza del perdón a partir del reconocimiento y asimilación de los pecados, contemplado como un sacramento perteneciente al catolicismo. Etimológicamente se ubica en el francés antiguo confession sobre el latín confessio, confessiōnis, asociado al verbo confesar, visible en el latín medieval confessare, sobre el latín confessus, formado por el prefijo con-, que entiende la idea de totalidad, y fessus, como participio de fateri, que se remite a admitir, sobre la raíz indoeuropea *bha-(2), por hablar.
Diferencia de la confesión ficta
Hay un término jurídico llamado confesión ficta, el cual debe ser evaluado para no confundirlo con el tradicional. Es una modalidad de sanción procesal, no a una confesión propiamente dicha. Esto es algo a tener siempre en cuenta. Ocurre cuando el demandado no presenta ninguna defensa ante la demanda que le interponen. Se interpreta como que, tácitamente, el legitimado pasivo no asume su derecho a defenderse. Al no haber defensa contra la demanda, entonces se le considera culpable al tomarse como ciertos todos los alegatos del demandante.
Es una sanción que existe para obligar a participar en el proceso judicial. Muchas veces, una persona recibe una demanda pero prefiere pasar por desatendida estas querellas. Semejante circunstancia, solamente entorpece el proceso judicial. El expediente que solo se queda abierto, esperando que la contraparte presente sus alegatos para defenderse.
La confesión ficta tiene como premisa que las autoridades legales deben emitir sentencias. No pueden quedarse de brazos cruzados esperando la defensa del demandado. Entonces, si contra quien se hizo la demanda no se defiende, simplemente se cree en todos los alegatos en su contra.
Por lo antes dicho, no se debe confundir al término confesión ficta con la confesión propiamente dicha. Se trata de términos jurídicos diferentes, que además implican asuntos legales muy distintos.
Elementos de la confesión
Hay que tener en cuenta que una confesión es diferente a una declaración porque la primera es un acto conclusivo, no conlleva a otros indicios. Ejemplo, cuando un acusado se declara culpable, cuando confiesa haber realizado un delito, entonces todas las pruebas quedan relevadas. Inmediatamente, se asume la plena culpabilidad de una persona cuando esta confiesa lo cometido, ya sea hecha por plena intención o ante un interrogatorio en audiencia judicial.
Se suele decir que una confesión consta de tres elementos esenciales. Cada de uno de ellos los describimos a continuación:

  • Elemento material: se refiere a lo confesado. La confesión debe ser personal. Nadie puede confesar por otra persona. Además, solo los hechos jurídicos y juzgados son considerados como confesión. Una confesión siempre es en perjuicio a sí mismo pero a favor de la parte contraria; no hay confesiones a favor propio.
  • Elemento formal: las meras intenciones no son consideradas como confesión. Se trata de una acción, jamás un pensamiento o intención. Una confesión es un acto exterior, una acción real y física. Una confesión no debe dejar lugar a subjetividad. Formalmente hablando, es un hecho que se demuestra y si no es demostrable, es solo una declaración de culpabilidad.
  • Elemento subjetivo: es la relación de la persona con la confesión. Es decir, que la confesión debe tener cierta lógica y hasta entender sus motivaciones. Si alguien declara que ha cometido un crimen, quedan en evidencia las razones por las cuales lo ha cometido. Tal es el caso de personas que se declaran culpables para salvar a otras, muestra que no hay elementos vinculantes entre la acción perpetrada y la persona que confiesa.

La contundencia como prueba de una confesión hace que la misma deba tener cierta calidad. Por ejemplo, no es válida una confesión forzada. A su vez, existen también criterios para anular una confesión.
Confesión Forzada
Primero, vamos a hablar del concepto de la confesión forzada. Se obliga a que la confesión esté sujeta a muchos requisitos para ser válida. Se exige, entre otras cosas, que la confesión sea emitida por alguien en plenas condiciones mentales y emocionales. Se añade que la referida confesión debe ser declarada sin presión, con deseo de hacerla. Se trata de un acto plenamente voluntario y libre de coerción. Solo de esa manera se puede aceptar como válida la acción confesional.
Cuando una confesión es emitida a la fuerza, y no por voluntad propia, entonces se califica de confesión forzada, tal acto es considerado inválido. Por ejemplo, si alguien es condenado por que dio una confesión y luego se demuestra que la misma fue forzada, sucede que el imputado queda en libertad.
Infortunadamente, muchos regímenes autoritarios obligan a personas detenidas a firmar confesiones forzadas. Tal es el caso de Venezuela, donde se testimonia el caso de muchos presos políticos obligados a esa realidad.
¿Qué factores intervienen para que una confesión sea nula?
Primeramente indicar que las confesiones son consideradas irrevocables, de decir, una persona no puede retractarse. Sin embargo, la confesión sí puede anularse bajo los siguientes criterios:
Cuando sucede un error de hecho. Esto quiere decir que la persona confesó un hecho que en realidad nunca sucedió. En general, un error de hecho es el falso conocimiento de las cosas o acciones. A su vez se divide en:

  • Esencial: se agrega a la persona que, por ejemplo, pudo no haber estado en el sitio donde se cometió el crimen que confeso.
  • Obstáculo: error que cae sobre la naturaleza del acto, o bien, recae en la identidad del objeto.
  • Ligero: atañe cualidades esenciales de la cosa.
    Es así como cada confesión es evaluada para evitar que no caiga en ninguna de las modalidades del error de hecho.
  • El error de derecho implica acciones legales mal entendidas. Por ejemplo, que la persona crea que ha comprado algo cuando en realidad la transacción nunca se concretó. Un error de derecho es el falso conocimiento de la ley.
  • Finalmente, decir que si se demuestra que una confesión es forzada, automáticamente se descarta; no solo se tiene en cuenta la confesión en sí misma, al mismo tiempo se considera las condiciones en las cuales dicha confesión fue emitida.

Citación. Escrito por Hernandez, Gabriela. Fecha Abr. de 2020. Confesión. En Significado. Recuperado de https://significado.com/confesion/

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